Estudios e informes

Las esferas jurídicas de dos mundos

26 de noviembre de 2020|
Las esferas jurídicas de dos mundos2021-02-26T11:16:25+00:00

Descripción del proyecto

Este trabajo monográfico se dirige a determinar los perfiles de dos esferas jurídicas. La primera es la esfera de la posesión, gobernada por la ley natural. La segunda es la esfera del dominio, gobernada por la ley civil. Posesión es poder natural de equidad. Propiedad es poder y potestad civil. En la, misma cosa, la ley natural hace que uno posea y la ley civil hace que otro sea dueño. Es por ello que, el dueño tiene acción contra el poseedor para reivindicar su propiedad. La ley civil no puede destruir la ley natural. La ley natural sí puede destruir la ley civil. El dominio civil no puede destruir la posesión natural de equidad. La posesión natural de equidad sí puede destruir el dominio civil. La posesión natural es superior al dominio civil. La posesión jurídica de equidad es, como la ley natural, inmutable y eterna. El dominio civil es mutable y caduco. Sin embargo, Cicerón sostuvo que no se debe separar el campo jurídico civil de la equidad. En el universo de estos dos mundos se ubica el puente, que fue construido con materiales del ius naturale (capere, usus y tempus) por la vieja Ley de las XII Tablas y la jurisprudencia romana pontifical (quien ya entendió bien la existencia de ambas esferas), de la usucapión. Esta naturaleza de la posesión explica la separación clásica propiedad — posesión, la diferente defensa respectiva de ambas (acciones reales y los interdictos) y el nacimiento de la usucapión como medio jurídico que conectó los dos mundos.